El Patronato es el órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación que ejecutará las funciones que le corresponden, con sujeción a lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico y en los presentes Estatutos. En su actuación el Patronato deberá ajustarse a lo preceptuado en la legislación vigente y a la voluntad del fundador manifestada en estos Estatutos. Corresponde al Patronato cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación, manteniendo su rendimiento y utilidad.
Son patronos natos de la de la Fundación:
- D. Roque de las Heras Miguel. Delegado y Presidente vitalicio.
- Dª María Aurora García Gómez. Vicepresidente.
- D. Arturo de las Heras García. Vicesecretario.
- Dª María Aranzazu de las Heras García. Secretario.
Facultades del patronato
- La competencia del Patronato se extiende a todo lo que concierne al gobierno y administración de la Fundación, sin excepción alguna, y a la resolución de todas las incidencias legales y circunstanciales que ocurriesen. Las facultades del patronato se ejercitaran sin perjuicio de las autorizaciones del Protectorado o comunicaciones que, en su caso, legalmente procedan.
- La ejecución de sus acuerdos corresponderá al Presidente o al Vicepresidente, sin perjuicio de que en dichos acuerdos pueda designarse expresamente a otro u otros patronos o, en su caso, al Director General de la fundación.